Una decisión del Consejo de Estado modificó las reglas de contratación en los proyectos petroleros y mineros del país. El alto tribunal anuló las disposiciones que obligaban a las empresas a priorizar la contratación de personal local para cargos técnicos, profesionales y especializados, al concluir que esa exigencia iba más allá de lo establecido por la ley. La demanda fue presentada por la Asociación Colombiana de Ingenieros de Petróleos (Acipet), que sostuvo que la prioridad de contratación prevista por el legislador estaba dirigida únicamente a la mano de obra no calificada y no a empleos que requieren formación profesional o conocimientos especializados.

La discusión surgió alrededor de los decretos 2089 de 2014 y 1668 de 2016, expedidos por el Gobierno Nacional para reglamentar la contratación de trabajadores en las zonas donde se desarrollan proyectos petroleros y mineros.

Óscar Ferney Rincón es el director ejecutivo de ACIPET (Asociación Colombiana de Ingenieros)

De acuerdo con Acipet, la legislación vigente permite dar prioridad a la contratación de residentes locales para labores no calificadas. Sin embargo, los decretos ampliaron esa medida y establecieron porcentajes mínimos de vinculación de personal residente también para cargos técnicos, profesionales y especializados.

La asociación consideró que esa ampliación no estaba contemplada en la ley y por esa razón acudió al Consejo de Estado para solicitar la nulidad de las disposiciones. Al analizar el caso, el alto tribunal concluyó que el Gobierno excedió sus facultades reglamentarias al extender la obligación de contratación local a cargos especializados. En consecuencia, declaró la nulidad de los apartes demandados.

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Para Acipet, la decisión fortalece los criterios de mérito en los procesos de selección de personal dentro del sector energético. La organización señaló que la formación académica, la experiencia y las competencias técnicas deben ser los principales factores para acceder a cargos que requieren conocimientos especializados.

La asociación también precisó que el fallo no elimina la prioridad de contratación para mano de obra no calificada en las zonas de influencia de los proyectos, mecanismo que continúa vigente dentro de la legislación colombiana.

En la práctica, la decisión significa que las empresas petroleras y mineras ya no estarán obligadas a cumplir porcentajes mínimos de contratación de residentes locales para cargos profesionales o especializados. No obstante, podrán seguir promoviendo la vinculación de talento regional dentro de sus procesos de selección y de acuerdo con sus necesidades operativas.

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