El Ministerio de Hacienda informó que, a través del Decreto 1419, se habilitaron alivios tributarios para contribuyentes de todo el país, con mecanismos que permiten reducir intereses y sanciones y resolver determinados procesos con la DIAN. Según la información oficial, las medidas aplican bajo las condiciones establecidas en el decreto y contemplan beneficios para obligaciones vencidas y procesos iniciados antes del 10 de agosto de 2026.
Para quienes tengan una deuda vencida con la DIAN desde antes de esa fecha, el Ministerio señala que los intereses, que actualmente se encuentran cerca del 27 % anual, pueden reducirse al 4,5 %. Además, si el contribuyente paga el 100 % del impuesto adeudado, la sanción puede tener una reducción del 85 %, por lo que deberá pagar el 15 % restante de esa sanción, siempre que cumpla las condiciones previstas en la norma.

Los beneficios también abarcan a contribuyentes que hayan demandado a la DIAN por un cobro o una sanción antes del 10 de agosto de 2026. Según Hacienda, estos casos pueden terminarse mediante un acuerdo que permita evitar la continuación del proceso judicial y acceder a reducciones en intereses y sanciones. Para ello, deberá pagarse el impuesto que se encuentra en discusión y una parte de las sanciones e intereses correspondientes.
El decreto incluye además una alternativa para quienes tengan saldos a favor ante la DIAN: podrán donar total o parcialmente esos recursos para la atención del desastre y la reconstrucción de las zonas afectadas, obteniendo el descuento tributario contemplado en la norma. Hacienda precisó que los recursos donados tendrán esa destinación específica.
Los contribuyentes tendrán hasta el 19 de noviembre de 2026 para acogerse a la reducción de sanciones e intereses y a los mecanismos para terminar procesos, mientras que la donación de saldos a favor podrá realizarse hasta el 31 de diciembre de 2026. El Ministerio aclaró que los beneficios no son automáticos y deben solicitarse directamente ante la DIAN dentro de los plazos establecidos.

